Blogia
Trapera

El uso de los menores.

(por Zambraca)

Cuando se abre un proceso legal de carácter matrimonial no siempre su ejecución conlleva un desarrollo normal para cualquiera de las partes, la negación de los motivos que da lugar a la interposición de una separación suele ser el primer conflicto en el litigio, pero tampoco la sentencia implica su resolución o pacificación entre ambas partes, ya que existen muchos aspectos que requieren de acuerdos posteriores, siendo los menores uno de los asuntos que requieren de la mayor sensibilidad y a los cuales se les hace uso para actuar en contra de la otra parte.

Si al uso de los menores se le une el derecho a denunciar de manera abusiva y mal intencionado nos encontramos con una persona sometida a un acoso que puede alcanzar límites verdaderamente nocivos para quien es objeto de estas acciones como de los menores, lo cual la importancia de este tema resulta crucial.

No cabe duda que ante una acusación de malos tratos debemos actuar con premura para evitar su continuación, proteger a las víctimas y sancionar al maltratador, pero cuando las circunstancias que rodea esta situación se presentan sin demasiadas evidencias y en medio de un litigio procesal entre las partes la precaución a tomar debe ser extrema, ya que los agentes sociales se encuentran en medio de una posibilidad de malos tratos o una denuncia falsa.

Al denunciante en falso no le supone un gran esfuerzo por personarse en la policía para dar cuenta de sus hechos, pero al denunciado le implica un golpe o un tormento, y un robo de tiempo para procurarse una buena defensa aunque pueda suponer una simpleza los motivos de la denuncia. La finalidad de las mismas es el de causar el mayor daño posible a sabiendas que el inicio de diligencias por parte de la policía, el juez instructor pueden ser molestas, desagradables, o como mínimo perturbadoras de un cotidianidad; además, si ha ello se le suma la concurrencia pública que pueda dar a lugar en los círculos cercanos, resulta extremadamente eficaz para el fin del denunciante falso, ya que muchas veces los estados de opinión que se crean por el simple hecho de presuponer la inocencia o no suelen ser nocivos.

Las denuncias falsas están sustentadas en gran medida gracias a testimonios y peritos o intérpretes que no han separado la subjetividad de los sucesos que siempre intentan expresarse mediante la personalización del denunciado de la objetividad de las pruebas acusatorias y veracidad de la existencia de participación en el delito. Y en este sentido los menores son por su importancia y facilidad una de las mejores formas de canalizar una acción acusatoria contra la otra parte.

Del mismo modo que un menor puede repetir aquello para lo que se le ha entrenado, también resulta sencillo descubrir si es cierto lo que expresa, pero si este testimonio sucede tras una acción inteligente de alienación parental se puede llegar a convencer a quien le escucha.

La alienación parental es un proceso que consiste en programar a un hijo para que odie a uno de sus padres sin que tenga justificación, cuando el síndrome es presente, el hijo da su propia contribución en la campaña de denigración.

Inducir un síndrome de alienación parental a un hijo es una forma de maltrato, lo cual tendrá repercusiones psicológicas a medio y largo plazo para el menor, como depresión crónica, una incapacidad de funcionar en un ambiente psicosocial normal, trastornos de identidad y de imagen, desesperación, un sentimiento incontrolable de culpabilidad, un sentimiento de aislamiento, comportamientos de hostilidad, una falta de organización, una personalidad esquizofrénica y a veces el suicidio, estudios han mostrado que, en cuanto sean adultas presentan síntomas de un profundo malestar.

Por estos motivos es de suma importancia que se dedique suficiente celeridad a los procesos litigiosos en el que se hallen menores de por medio, puesto que la clarificación de un posible maltrato es vital, pero en el caso que no existan de modo alguno hay que descubrir con la misma prontitud la existencia de esta práctica de alienación parental.

La mediación familiar se presenta como fundamental para reducir los efectos nocivos del uso de menores, pero el principio de precaución no puede suponer una violación directa e intencionada de una de las obligaciones más fundamentales de un progenitor: la promoción y el estímulo de una relación positiva y armoniosa entre el hijo y su otro progenitor. Lo cual se quebranta desde el mismo momento que uno de los progenitores ignora los derechos de visita, y actúa para privar a la otra parte de ese derecho de jugar su papel parental.

4 comentarios

Elena -

¡Cúanta razón tienes Zambraca! Cada día, y desgraciadamente con cadda vez más frecuencia, observo en mi vida cotidiana sucesos de ese tipo. Padres y/o madres que pretenden que los maestros ejerzaos de policiías y no dejemos ver a su hijo por su ex-pareja, niños convencidos sútilmente o no de que uno de sus progenitores es una mala persona... Yo insisito en lo de siemrpe. ¿Es el modelo de sociedad que queremos instaurar en nuestra sociedad? ¿Cómo pararlo? En tu texto entresaco que acelerando y mejorando el sistema judicial, las cosas podrían cambiar. Mucho me temo que no, los "trabados/as" que utilizan a sus hijos/as para hacer daño, lo seguirán haciendo aunque el proceso judicial sea rápido en aclarar temas.

daniel -

Muy buen artículo, muy ponderado. Y es un tema que se las trae en lata. Cuando yo ejercía no quería ver en pintura una separación. Como decía una compañera, ellos se separan pero tú es como si te casaras con ellos...Es un expedinete interminable, que nunca acaba de cerrase, y en esa tensión extendida en el tiempo los niños son el gran campo de batalla en más ocasiones de las que nos gustaría. También es verdad que ciertas actitudes de una de las partes (la que sea) son a veces muy difíciles de explicar a un niño/a, sin que brote el resentimiento, sin que, en cierto modo, no se proyecte el dolor o incluso el odio que pueden llegar a sentir las partes. Si a tu padre "se le olvidó" pagar la pensión este mes, o recogerte el fin de semana que le tocaba, son cosas (y estas son de las suaves) difíciles de explicar a un niño con ecuanimidad.

magacin66 -

Qué casualidad!
Anoche vi "Cachorro", la última película de Miguel Albaladejo, que trata algo de este tema: cómo una madre pone a su hijo, que en el momento de la historia que nos cuenta, tiene 9 años, en contra de su abuela paterna; en este caso, con la circunstancia de que el padre del chaval falleció cuando éste tenía 4 años.

Aparte de recomendar la película, que trata también, con gran naturalidad y con otra visión distinta a la habitual, el mundo de la homosexualidad masculina, he de manifestar que el artículo de Zambraca es bastante clarificador. En mi caso pone nombres y describe cosas como "alienación parental", que sabía que existían pero es cuando se le pone nombre a las cosas cuando parece que las entendemos mejor y las vemos más claras...

profesor Ruano -

Probablemente pocas veces se ha expresado tanta sustancia en tan breve contenido. Aunque no tengamos otros conocimientos que los de la vida, no cuesta trabajo entender su objetividad al desarrollar el problema sobre el uso del menor. Es conveniente que todos profundicemos en este asunto, aunque sólo sea con finalidad pedagógica que ya es bastante. Mi enhorabuena.